Información Aduana
El servicio de aduana es una potestad pública que ejerce el Estado, a través del
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) con oficinas en: Cuenca, Esmeraldas, Guayaquil - Puerto Marítimo, Guayaquil - zona de Carga Aérea, Huaquillas, Latacunga, Loja - Macará, Manta, Puerto Bolívar, Quito y Tulcán.
Fuente: Distritos Aduaneros. Servicio Nacional da Aduana del Ecuador. Dirección de Planificación y Control de Gestión Institucional
Los distritos se encuentran clasificados según su medio de ingreso (transporte):
- Marítimos: Guayaquil, Puerto Bolívar, Manta, Esmeraldas
- Aéreos: Guayaquil, Quito, Latacunga
- Terrestres: Tulcán, Huaquillas, Loja-Macará
- Interno: Cuenca
El 91% de las mercancías importadas14 ingresan por cuatro puntos de acceso:
Guayaquil, Esmeraldas, Quito, Manta:
ECUAPASS.
Todas las personas naturales o jurídicas, ecuatorianas o extranjeras radicadas en el país que requieran realizar importaciones o exportaciones deben registrarse en el sistema informático ECUAPASS para que puedan realizar sus operaciones de comercio exterior, dicho registro es aprobado por la Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador.
Video Registro de Usuario en ECUAPASS: Registro ECUAPASS
Pueden importar insumos en el país todas las personas naturales o jurídicas, ecuatorianas o extranjeras, residentes en el país y que estén registradas como importadores en el sistema ECUAPASS y aprobadas por el SENAE. El sistema informático ECUAPASS facilita los procesos de comercio exterior y control aduanero.
El trámite se realiza en línea y está disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/
Contacto: Jefatura de Atención al Usuario
Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec
Teléfono: 1800-238262
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) atiende exclusivamente bajo los siguientes canales en línea:
Plataforma tecnológica ECUAPASS: ecuapass@aduana.gob.ec (24/7)
Llamadas por Teléfono al 1800-ADUANA (238262). (8:00 a 17:00)
Correo electrónico: mesadeservicios@aduana.gob.ec (24/7)
Ley Orgánica de Aduana del Ecuador Ley Aduana Ecuador
Derechos de Aduana y Exención de Impuestos
Están exentas de derechos, excepto tasas por servicios aduaneros, las siguientes cargas:
-
Efectos personales de los viajeros. Efectos Personales Vía Aérea
-
Artículos para el hogar y equipos de trabajo;
-
Envíos de ayuda por catástrofes naturales o desastres similares a favor de entidades del Sector Público o de organizaciones privadas de caridad o socorro;
-
Los descritos en el Catastro de Entidades del Sector Público y de la Sociedad de Lucha contra el Cáncer (SOLCA);
-
Donaciones del exterior, a favor de instituciones estatales o del sector privado sin fines de lucro, destinadas a cubrir servicios de salud, alimentación, asistencia técnica, caridad, asistencia médica, educación e investigación científica y cultural, siempre que se hayan firmado contratos de cooperación con instituciones del Estado. No habrá exención fiscal sobre las donaciones de vehículos, excepto cuando sean necesarios para usos especiales, como ambulancias, vehículos clínicos o radiológicos, coches biblioteca, camiones de bomberos, etc., y siempre que su función sea compatible con la actividad del beneficiario. institución;
-
Ataúdes o ánforas que contengan cadáveres o restos humanos;
-
Muestras sin valor comercial;
-
Las previstas en la Ley de Inmunidades, Privilegios y Franquicias Diplomáticas, que incluyen las representaciones y misiones diplomáticas y consulares, los organismos internacionales y demás organismos gubernamentales extranjeros acreditados ante el gobierno nacional;
-
Vehículos ortopédicos, dispositivos médicos, ayudas técnicas, herramientas especiales, materias primas para órtesis y prótesis utilizadas por personas con discapacidad para su uso o las personas jurídicas responsables de su protección;
-
No se reconocen más exenciones que las previstas en este artículo, por lo que no se aplicarán en la liquidación de impuestos al comercio exterior las exclusiones o dispensas previstas en otras leyes, generales o especiales.
-
Otros. (Lista no exhaustiva)
For contact information regarding government custom authorities, please follow the link below:
Respuesta Emergencia:
Como respuesta humanitaria, se pueden presentar dos formas para la entrega de ayuda por parte de gobiernos amigos:
A través de agencias de cooperación u organizaciones gubernamentales que tengan entre sus responsabilidades la asistencia si la solicita el país en el que ocurrió un desastre.
Por entrega directa a través de representaciones diplomáticas de otros gobiernos
Cuando hay articulación a través del Equipo Humanitario País (EPH), se encuentran, definen y socializan los protocolos a seguir; pero si el apoyo es brindado por organizaciones y representaciones que no están integradas al trabajo del EHP, es necesaria la coordinación a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Para ello, el país cuenta con el Manual para la Gestión de la Asistencia Humanitaria Internacional en Situaciones de Emergencia y Desastre - 2012, publicado por la Secretaría de Gestión de Riesgos, Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, Servicio de Aduanas del Ecuador, Ministerio de Comercio, Cancillería y Ministerio Coordinador de Seguridad.
https://www.gestionderiesgos.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/05/Plan-de-Respuesta-EC.pdf
La ayuda internacional se gestiona a solicitud del Gobierno ecuatoriano y no por iniciativa de gobiernos y organismos de cooperación, salvo en los casos previstos en el Derecho Internacional. Antes de realizar contactos para solicitar asistencia, las representaciones diplomáticas ecuatorianas deberán esperar los lineamientos que emita el Ministerio de Relaciones Exteriores, los cuales responden a las disposiciones de la Presidencia de la República o del órgano rector para la gestión de desastres.
[Note: This section contains information which is related and applicable to ‘crisis’ times. These instruments can be applied when an emergency is officially declared by the Government. When this occurs, there is usually a streamlined process to import goods duty and tax free.]
In the following table, state which of the following agreements and conventions apply to the country and if there are any other existing ones
Acuerdos Convenciones Descripción |
Ratificado por el país |
---|---|
CO (Organización Mundial de aduanas) miembro |
Si – 22 de Octubre de 2008 |
Anexo J-5 Convenio de Kyoto ratificado |
Si – 13 de Enero de 2000 |
OCHA Modelo de Acuerdo |
No |
Convenio de Tempere (sobre la provisión de recursos de telecomunicación para la mitigación de los efectos de los desastres y las operaciones de socorro) |
No |
Acuerdos regionales (sobre respuesta de emergencia / desastre, pero también uniones aduaneras, integración regional) |
Sistema Económico Latinoamericano SELA, Organización Latinoamericana de Energía OLADE, Asociación Latinoamericana de Integración ALADI, Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América ALBA, Comunidad Andina de Naciones COMUNIDAD ANDINA, Unión de Naciones Suramericanas UNASUR. |
Régimen Regular de Exención (Respuesta en caso de NO emergencia)
Todos los importadores deben registrarse en el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) y obtener un número fiscal de empresa (RUC) emitido por el Servicio de Impuestos Internos del Ecuador. No existen requisitos de aviso previo, pero ciertos bienes, como productos químicos, armas y animales, requieren control previo para su importación.
Los documentos necesarios para importar son: factura comercial, original o copia del conocimiento de embarque o carta de porte aéreo, póliza de seguro conforme a la ley de seguros, Registro Único de Contribuyentes (RUC), certificado de origen en su caso (a calificar para preferencias arancelarias cuando estén disponibles) y un certificado de cumplimiento de estándares de calidad (INEN) cuando corresponda.
Se debe tener especial cuidado en relación con los certificados de cumplimiento de estándares de calidad, ya que los requisitos pueden variar de un producto a otro. En algunos casos, pueden aplicarse requisitos especiales de etiquetado. Ecuador exige el etiquetado obligatorio de productos alimenticios y bebidas que contengan más del 0,9 por ciento de contenido transgénico.
Posteriormente es necesario obtener un documento del Ministerio de Relaciones Exteriores que autorice la importación sin impuestos ni aranceles. Este documento también debe ser compartido con la aduana, quien también debe autorizar la exención.
Las agencias de la ONU están exentas de todos los impuestos/aranceles aduaneros. Todas las importaciones de agencias de la ONU deben utilizar el siguiente código arancelario: 9804.00.00. Una vez emitida la autorización de exención se iniciarán los trámites aduaneros. Nota: si la carga se necesita con urgencia pero no se ha emitido el documento de exención, se deberá emitir una carta de garantía para asegurar el monto de los impuestos. Una vez finalizado el proceso y emitidos los documentos de exención, se devolverá la garantía.
Requisitos Organizativos Para Obtener el Estado Libre de Impuestos |
Agencias de las Naciones Unidas |
Debe ser autorizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. |
Organizaciones No Gubernamentales |
Debe ser autorizado por la Aduana de acuerdo con la Ley Aduanera y la Ley de Régimen Tributario. |
Procedimiento de Solicitud de Certificado de Exención
Procedimiento de Solicitud de Exención de Aranceles e Impuestos |
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Generalidades (include a list of necessary documentation) |
1. Cualquier persona o entidad podrá realizar donaciones a entidades públicas, ONU, ONG, Personas Jurídicas o Personas Físicas.
2. El receptor de la donación deberá estar legalmente registrado ante el gobierno nacional.
3. Las importaciones de bienes donados requieren de Licencia Previa de Importación. Es una operación no reembolsable. Esta licencia también se requiere para solicitar la exención de derechos de aduana.
4. Exención de Arancel Aduanero. Es importante señalar que se enumeran otros bienes donados pero no están exentos de derechos aduaneros por este concepto, sino por el tipo de beneficiarios o su destino.
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Proceso a seguir (paso a paso o diagrama de flujo) |
Para obtener el certificado de exención, las agencias de la ONU primero deben presentar una solicitud al Ministerio de Relaciones Exteriores para emitir el documento, antes de obtener el despacho de aduana. Ecuador requiere el uso de un agente autorizado para el despacho de aduana. El listado de Agentes Aduanales autorizados se puede encontrar en la siguiente ruta www.aduana.gob.ec > Servicios para OCE’s> Agentes Aduanales
Procedimiento de documentación preliminar (no limitado a)
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Requisitos del documento de certificado de exención
Impuestos e Exención Certificado Documento Requisitos (por producto) |
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Alimentos |
NFI (Carpas, WASH, Educación |
Medicinas |
Vehículos & Auto-partes |
Personal & Útiles de Oficina |
Equipos de Telecomunicaciones |
Pro forma Factura Comercial |
Si |
Si |
Si |
Si |
Si |
Si |
AWB/ BL / Otros documentos de transporte |
Sí, AWB/BL 2 copias, aplica a ONU y ONG |
Sí, AWB/BL 2 copias, aplica a ONU y ONG |
Sí, AWB/BL 2 copias, aplica a ONU y ONG |
Sí, AWB/BL 2 copias, aplica a ONU y ONG |
Sí, AWB/BL 2 copias, aplica a ONU y ONG |
Sí, AWB/BL 2 copias, aplica a ONU y ONG |
Donación / Certificados no comerciales |
Sí, Certificado de Donación de la persona, entidad o gobierno, donante extranjero debe indicar la cantidad y valor de la donación, 1 copia, aplica para ONU y ONG |
Sí, Certificado de Donación de la persona, entidad o gobierno, donante extranjero debe indicar la cantidad y valor de la donación, 1 copia, aplica para ONU y ONG |
Sí, Certificado de Donación de la persona, entidad o gobierno, donante extranjero debe indicar la cantidad y valor de la donación, 1 copia, aplica para ONU y ONG |
Sí, Certificado de Donación de la persona, entidad o gobierno, donante extranjero debe indicar la cantidad y valor de la donación, 1 copia, aplica para ONU y ONG |
Sí, Certificado de Donación de la persona, entidad o gobierno, donante extranjero debe indicar la cantidad y valor de la donación, 1 copia, aplica para ONU y ONG |
Sí, Certificado de Donación de la persona, entidad o gobierno, donante extranjero debe indicar la cantidad y valor de la donación, 1 copia, aplica para ONU y ONG |
Packing Lists |
Sí, 1 copia. Para la ONU y las ONG |
Sí, 1 copia. Para la ONU y las ONG |
Sí, 1 copia. Para la ONU y las ONG |
Sí, 1 copia. Para la ONU y las ONG |
Sí, 1 copia. Para la ONU y las ONG |
Sí, 1 copia. Para la ONU y las ONG |
tros Documentos |
Cualesquiera indique la autoridad aduanera |
Cualesquiera indique la autoridad aduanera |
Cualesquiera indique la autoridad aduanera |
Cualesquiera indique la autoridad aduanera |
Cualesquiera indique la autoridad aduanera |
Cualesquiera indique la autoridad aduanera |
Notas adicionales Nota: Estos requisitos se aplican tanto a las Naciones Unidas como a las ONG. |
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Toda solicitud, de todo tipo (donación, facilidades de pago, devolución de garantías, inspecciones de transferencias de dominio de vehículos, levantamiento de medidas cautelares, prórrogas, levantamiento de abandono, entre otras), distintas a las que deben realizarse por la plataforma ECUAPASS, se deberá remitir al correo electrónico mesadeservicios@aduana.gob.ec, con el asunto: “Solicitud otros”. |
Desaduanaje
Información de Aduana |
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Documentos Requeridos |
Para realizar el despacho aduanero de mercancías es necesario el asesoramiento y servicio de un Agente acreditado por el SENAE.
El listado de Agentes Aduanales autorizados se puede encontrar en la siguiente ruta: www.aduana.gob.ec > Servicios para OCE’s> Agentes Aduanales
La Declaración Aduanera de Importación (DAI) deberá ser transmitida por un proveedor de Software o en el sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en un plazo no mayor a quince días naturales previos a la llegada del medio de transporte, y hasta treinta días naturales antes de la llegada del medio de transporte. días siguientes a la fecha de su llegada; De no cumplirse este plazo, las mercancías quedarán inmersas en alguna de las causas de abandono tácito, conforme a lo estipulado en el literal a) del artículo 142 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.
Según el tipo de mercancía a importar, se deberán adjuntar a la DAI los siguientes documentos:
Documentos que acompañan
Constituyen documentos de acompañamiento aquellos que, llamados control previo, deben ser tramitados y aprobados antes del embarque de las mercancías de importación. (Art. 72 del Reglamento del Libro V del Copci).
Documentos de soporte
Constituirán la base de la información DAI de cualquier régimen. Estos documentos originales, ya sean físicos o electrónicos, deberán reposar en el expediente del declarante o de su Agente Aduanal al momento de la presentación o transmisión de la Declaración Aduanera, y estarán bajo su responsabilidad según lo determina la Ley. (Artículo 73 del Reglamento del Libro V del Copci).
Una vez transmitido el DAI, el sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador le otorgará un número de validación (Refrendo) y el canal de capacidad correspondiente. |
Embargos |
No |
Mercancías Prohibidas |
Los siguientes artículos tienen prohibida la importación al Ecuador a través de la aduana y pueden ser incautados por las autoridades aduaneras y fronterizas a su llegada:
Narcóticos/sustancias controladas Alcohol, cigarrillos y puros. Explosivos, municiones, espadas, pistolas de aire comprimido, armas de fuego y armas de cualquier tipo. Armas: químicas, biológicas y nucleares, Residuos: nucleares y/o tóxicos o prohibidos por convenios internacionales, leyes o reglamentos especiales. Además, el Estado regula el ingreso de recursos de carácter genético, de acuerdo con los intereses nacionales. Materiales, vídeos y software pornográficos. La importación de medicamentos psicotrópicos y ciertos precursores utilizados en el procesamiento de estupefacientes requiere autorización previa del Consejo Nacional sobre Drogas (www.prevenciondrogas.gob.ec). |
Restricciones Generales |
Los artículos restringidos son artículos que pueden estar limitados a ciertas cantidades o requerir derechos, impuestos o tarifas adicionales antes de que puedan ser despachados por los funcionarios de aduanas.
Las mercancías que no cumplan con los requisitos para su ingreso legal al país o en tránsito hacia otros podrán verse afectadas con las siguientes acciones legales: decomiso, decomiso, abandono o reexportación. Asimismo, importantes restricciones observadas son las barreras técnicas extremas al comercio.
Los siguientes artículos están restringidos y sujetos a derechos por parte del gobierno de Ecuador:
Cada individuo que ingrese al Ecuador puede importar hasta 200 kilos de ropa, calzado y accesorios personales; la importación de más de 200 kilos generará impuestos y derechos de importación. Todos los artículos nuevos estarán sujetos a impuestos y aranceles de importación, así como cualquier artículo que exceda una determinada valoración. Todos los artículos y aparatos eléctricos pueden estar sujetos a impuestos y aranceles de importación. El arte, las antigüedades y los materiales religiosos pueden estar sujetos a impuestos de importación y están restringidos. |
Nacionalización, Documentos Requeridos
Requisitos del documento de despacho de aduana (por producto) |
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Alimentos |
NFI (Carpas, WASH, Educación) |
Medicinas |
Vehículos & Auto Partes |
Personal & Útiles de Oficina |
Equipos de Telecomunicaciones |
Certitificado de Exención de D&T |
Sí, 1 copia. ONU y ONG |
Sí, 1 copia. ONU y ONG |
Sí, 1 copia. ONU y ONG |
Sí, 1 copia. ONU y ONG |
Sí, 1 copia. ONU y ONG |
Sí, 1 copia. ONU y ONG |
Factura Comercial |
Sí. 1 copia ONU y ONG. Si se trata de una donación el certificado deberá indicar cantidad y Valor Comercial. |
Sí. 1 copia ONU y ONG. Si se trata de una donación el certificado deberá indicar cantidad y Valor Comercial. |
Sí. 1 copia ONU y ONG. Si se trata de una donación el certificado deberá indicar cantidad y Valor Comercial. |
Sí. 1 copia ONU y ONG. Si se trata de una donación el certificado deberá indicar cantidad y Valor Comercial. |
Sí. 1 copia ONU y ONG. Si se trata de una donación el certificado deberá indicar cantidad y Valor Comercial. |
Sí. 1 copia ONU y ONG. Si se trata de una donación el certificado deberá indicar cantidad y Valor Comercial. |
AWB / BL / Otros documentos de transporte |
Sí. AWB/BL. 2 copias. ONU y ONG |
Sí. AWB/BL. 2 copias. ONU y ONG |
Sí. AWB/BL. 2 copias. ONU y ONG |
Sí. AWB/BL. 2 copias. ONU y ONG |
Sí. AWB/BL. 2 copias. ONU y ONG |
Sí. AWB/BL. 2 copias. ONU y ONG |
Donación / Certificados no comerciales |
Sí. Certificado de Donación del donante, entidad o gobierno. El donante extranjero deberá indicar la cantidad y valor comercial de la donación. 1 copia ONU y ONG |
Sí. Certificado de Donación del donante, entidad o gobierno. El donante extranjero deberá indicar la cantidad y valor comercial de la donación. 1 copia ONU y ONG |
Sí. Certificado de Donación del donante, entidad o gobierno. El donante extranjero deberá indicar la cantidad y valor comercial de la donación. 1 copia ONU y ONG |
Sí. Certificado de Donación del donante, entidad o gobierno. El donante extranjero deberá indicar la cantidad y valor comercial de la donación. 1 copia ONU y ONG |
Sí. Certificado de Donación del donante, entidad o gobierno. El donante extranjero deberá indicar la cantidad y valor comercial de la donación. 1 copia ONU y ONG |
Sí. Certificado de Donación del donante, entidad o gobierno. El donante extranjero deberá indicar la cantidad y valor comercial de la donación. 1 copia ONU y ONG |
Packing Lists |
Sí, 1 copia, ONU y ONG |
Sí, 1 copia, ONU y ONG |
Sí, 1 copia, ONU y ONG |
Sí, 1 copia, ONU y ONG |
Sí, 1 copia, ONU y ONG |
Sí, 1 copia, ONU y ONG |
Certificado Fitosanitario |
Sí, 1 copia, ONU y ONGs Es necesario revisar con el agente aduanal la naturaleza de la mercancía, para determinar el certificado |
N/A |
N/A |
N/A |
N/A |
N/A |
Otros Documentos |
Licencia, Mandato o Certificados de Importación. 1 copia, ONU y ONG |
Licencia, Mandato o Certificados de Importación. 1 copia, ONU y ONG |
Licencia, Mandato o Certificados de Importación. 1 copia, ONU y ONG |
Licencia, Mandato o Certificados de Importación. 1 copia, ONU y ONG |
Licencia, Mandato o Certificados de Importación. 1 copia, ONU y ONG |
Licencia, Mandato o Certificados de Importación. 1 copia, ONU y ONG |
Notas adicionales |
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El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador - SENAE podrá prohibir o restringir el tránsito aduanero de mercancías, por motivos de seguridad pública, de salud, zoosanitaria y fitosanitaria o ambiental. Según solicitud formulada por las autoridades competentes, o cuando por motivos de control se requiera. Toda solicitud, de todo tipo (donación, facilidades de pago, devolución de garantías, inspecciones de transferencias de dominio de vehículos, levantamiento de medidas cautelares, prórrogas, levantamiento de abandono, entre otras), distintas a las que deben realizarse por la plataforma ECUAPASS, se deberá remitir al correo electrónico mesadeservicios@aduana.gob.ec , con el asunto: “Solicitud otros”. |
Régimen de Tránsito Aduanero
La normativa ecuatoriana permite varios regímenes aduaneros especiales de admisión para importaciones que otorgan suspensiones de derechos, tales como: admisión temporal para reexportación en las mismas condiciones, admisión temporal para mejora activa, transformación bajo control aduanero, sustitución de mercancías por aranceles, depósito aduanero, reimportación en las mismas condiciones y despacho bajo garantía financiera. Algunos regímenes específicos de admisión permiten que las mercancías se mantengan en instalaciones especiales, incluidas algunas propiedades de propiedad del importador, previa autorización de la Autoridad Aduanera, por hasta un año. No se pagan derechos hasta que la mercancía se retira de las instalaciones. El despacho bajo garantía financiera también permite a los importadores calificados realizar el despacho de aduana con suspensión arancelaria de hasta un mes, previa autorización y calificación de la Autoridad Aduanera y presentación de una garantía general.
Otros regímenes de admisión temporal permiten a los importadores internar mercancías en instalaciones específicas durante un período determinado en el que no se pagan derechos de aduana. Transcurrido ese plazo, si las mercancías no han sido reexportadas, se pagarán todos los derechos. Existen regímenes acelerados de admisión para las importaciones vía mensajería y tráfico postal internacional. Sin embargo, estos regímenes están estrictamente regulados y limitados por el peso y valor de la transacción con el fin de limitar su uso con fines comerciales que podrían perjudicar a las industrias locales, como las textiles.
Consulte http://www.aduana.gob.ec para más información.